La certificación energética de edificios existentes es una gran iniciativa para fomentar la eficiencia energética en los edificios de nuestro país.
Esta certificación energética
facilita información al posible comprador o arrendatario de viviendas o
locales, información muy valiosa, ya que permitirá disponer de una calificación energética como criterio para comparar entre sus posibles opciones.
No es lo mismo a la hora de tomar una decisión de compra o alquiler una
vivienda con un consumo óptimo de calefacción a otra con un alto consumo
energético. Este sobrecoste en calefacción es un despilfarro bastante
habitual en gran parte de los inmuebles de este país.
A partir el 1 de Enero de 2013 un certificado energético para alquilar o vender su casa. |
- Una reducción del consumo energético de combustibles fósiles y por tanto una reducción de la dependencia energética de España de otros países.
- La creación de numerosos puestos de trabajo.
- Un gran ahorro económico para una buena parte de la población.
- Una reducción de la emisión de gases contaminantes al medio ambiente
Entendemos que mas adelante, habría que tener en cuenta la calificación energética
de los edificios existentes como una valiosa información también para
las administraciones públicas, para de esta manera regular los
diferentes impuestos, incentivos fiscales, subvenciones, financiación
relativos a la compra o alquiler de viviendas, premiando a los inmuebles
mas eficientes.
PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO
BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS
EDIFICIOS
Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios
establecidas en la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 16 de diciembre de 2002, se transpusieron en el real decreto
47/2007, de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento
básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, quedando pendiente de regulación, mediante otra disposición complementaria, la certificación energética de los edificios existentes.
Como disposición adicional se anuncia la obligación requerida por la
nueva Directiva de edificios, consistente en que a partir del 31 de
diciembre de 2020 los edificios que se construyan sea de consumo de
energía casi nulo, en los términos que reglamentariamente se fijen en su
momento a través del Código Técnico de la Edificación, plazo que en el
caso de los edificios públicos se adelanta dos años.
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